viernes, 23 de noviembre de 2007

Excluye Pemex a algunos del CIT

Pongan atención a esta nota. La entrevista es al presidente de la Untcip y abogado asesor Abel Jiménez aquí en Coatzacoalcos, pero no se confundan con lo que escribe el reportero porque como que no explica muy bien y ya muchos están pensando que la empresa ya no va a aplicar el nuevo contrato individual.

COATZACOALCOS, VER
GERARDO ENRIQUEZ
22 de Noviembre del 2007


El ingeniero Moisés Flores Salmerón, presidente de la Unión Nacional de Trabajadores de Confianza de la Industria Petrolera (UNTCIP) dijo que Petróleos Mexicanos ya reconoció que el nuevo Contrato Individual de Trabajo (CIT), sólo lo firmará personal de confianza del nivel 44 en adelante, los que de acuerdo con los Artículos 9 y 11 de la Ley Federal del Trabajo, si realizan funciones de confianza dentro de la Paraestatal. Continúa en...

Y es que tiene mucho que ver este documento que el Director Corporativo de Adminstración, Rosendo Villareal Dávila emite a toda la organización. 

Oficio DCA-1038/2007 descargar aquí.

Donde lo que el nefasto  funcionario quiere decir es:

Que no se alarmen por el decreto del 1ro de octubre, que sólo aplica a los funcionarios mandos medios y superiores (44 - 48), y lo emite porque ya tiene un buen de amparos en contra de esta ley y de pasada a la empresa. Por una parte confirma lo que nos habían dicho nuestros abogados, no es necesario ampararse ahora ya que NO somos personal de confianza (por ley) y no nos puede afectar. Pero por otra parte hace que muchos compañeros bajen la guardia y crean que el CIT ya se detuvo y no es así. Ambas cosas tienen relación, pero ese documento alude exclusivamente al decreto.

Artículo del abogado Néstor de Buen

En días pasados salió esta nota de Néstor de Buen que decidimos recoger ya que en él trata tanto el punto del decreto en materia hacendaria como el Reglamento de Trabajo que la administración de Pemex pone y modifica a su antojo, así como del multicitado CIT.

Un reglamento curioso

No hay duda de que el poder construye mitos. Lo peor es que esos
mitos tienen cierto valor, que deriva de la relación de fuerzas
diferentes entre las partes. Durante todos los siglos del mundo (un
poco menos, por supuesto), las iglesias han construido sus mitos como
un instrumento que les ha permitido dominar a grandes partes de la
humanidad. La moral se construye alrededor de la observación de unas
reglas del juego que favorecen ese poder que se ejerce desde el miedo. Continúa en...


Lo importante es que ya no sólo está enterado del famoso decreto si no que ahora ha tomado nota de la preocupación de los trabajadores por las condiciones endebles  en que quedaría si firma el CIT.


miércoles, 21 de noviembre de 2007

El gobierno panista y neoliberal derrocha el dinero en gasto corriente

Aquí está lo que más indigna, los ingresos excedentes del petróleo se van en el gasto corriente del gobierno, concretamente en servicios personales, nada más hubo un incremento de ¡84 mil millones de pesos de enero a septiembre en este año comparado con 2006!

Eso es no tener madre¿dónde está la austeridad que presumen?, mientras a la clase trabajadora intentan quitarnos prestaciones y endilgarnos contratos leoninos, la alta burocracia federal derrocha de forma indignante el dinero que nosotros los petroleros generamos.

¿Hasta cuándo vamos a permitir esto? 
El mayor gasto corriente consume los ingresos extras por petróleo

Por exportaciones petroleras, en nueve meses de 2007 el gobierno obtuvo $77 mil 561 millones más a los anticipados en el paquete económico, gracias a los mayores precios de venta: SIE

El mayor gasto corriente consume los ingresos extras por petróleo
El crecimiento del gasto corriente del gobierno federal entre enero y
septiembre de este año superó holgadamente el monto de los ingresos
extraordinarios que obtuvo el Estado por el mayor precio de
exportación del petróleo crudo, que esta semana siguió imponiendo
nuevas marcas históricas, indicaron reportes oficiales. Continúa en...


martes, 20 de noviembre de 2007

Cómo ven ¿se va Reyes Heroles y llega JC Mouriño?

Está interesante la columna de Alvaro Cepeda Neri. Aunque ya sabemos que de Reyes Heroles muchos piden su cabeza. Lean con atención.
¿Mouriño por Reyes Heroles?
lunes, 19 noviembre 2007
Por Alvaro Cepeda Neri

Conjeturas

El saqueo de las ganancias petroleras de al menos 60 años, el abuso para gastarlas en pago de funcionarios y otros excesos (Fox lo hizo para provecho de su grupo y vaya usted lector a saber si también para "matanga dijo la changa" incluyendo a sus hijastros) tienen a PEMEX en desgracia. Y en esa traición a mi general Lázaro Cárdenas, los derechosos panistas (desde el zedillismo) han sitiado a la empresa para privatizarla a manos españolas, estadounidenses y hasta chinas, diseñando el asalto final desde Los Pinos.
Calderón está preparando, tras la toma del PAN sacando a Espino, el relevo en la dirección general de PEMEX.  Continúa en...

La Jornada le da continuidad al tema del Contrato Individual de Trabajo.

Sale el día de hoy el siguiente artículo del periódico La Jornada, donde toma nota al Presidente de La UNTCIP, Ing. Moisés Flores Salmerón.  

Arrebata derechos laborales el nuevo contrato en Pemex

El jueves 15 de noviembre Petróleos Mexicanos (Pemex) inició su
estrategia para aplicar el llamado contrato individual de trabajo
(CIT) para los más de 30 mil empleados de confianza de la
paraestatal, que entre sus “beneficios” anula la posibilidad de
que el trabajador despedido incurra en acciones jurídicas que
lesionen los intereses de la petrolera.

Puede leer la nota completa dando clic aquí:

jueves, 15 de noviembre de 2007

Documentos importantes de defensa contra el CIT

Debido a que en la reunión de este jueves en Coatzacoalcos hubo mucho interés y que ya se están generando muchos documentos necesarios para la defensa de los trabajadores contra el CIT, la Coordinación de Trabajadores y la Untcip Coatzacoalcos pone a disposición de todos los archivos que podrán descargar para distribuirlos y pasar a firma.

Hacemos énfasis en tres documentos (están en la columna  arriba derecha ):

  • El Oficio General de Rechazo del CIT, que es la versión genérica.  A ésta deberán conseguir el número del manual de organización (no tenemos el de PEP y Servicios Médicos por ejemplo) y poner el año y nombre de subisidiaria. Para Petroquímica y para Gas ya están listos. Deben firmar en la lista la mayor cantidad posible de compañeros eso es muy importante. Todos esos y otros estarán listados al margen derecho de este blog todo el tiempo que sea necesario.
  • La Carta Individual, que deberán entregar debidamente firmada por ustedes y con sello o firma de recibido del funcionario que los está llamando o presionando  a que firmen. Pueden emitir cuantos quieran según la cantidad de funcionarios involucrados.
  • EL Kit de Primeros auxilios Pemex, que es una guia rápida para saber qué hacer en las direfentes situaciones que se puedan presentar.

miércoles, 14 de noviembre de 2007

Continúa la ofensiva del CIT a partir de este 15 de noviembre.

La dirección de Petróleos Mexicanos vuelve a la carga con una nueva versión del CIT corregida y aumentada. Les ponemos a su disposición la nueva estrategia de la administración de Pemex a partir de este 15 de noviembre hasta marzo del 2008 en una presentación de Powerpoint que nos han hecho llegar nuestros contactos. Si alguno tenía duda de las intenciones de este programa en esta presentación quedan disipadas. Los que encabezan esta administación tienen claro el objetivo: deshacerse lo más posible de los trabajadores petroleros sin tener que responder ante tribunales por sus actos. Vaya ¿qué se podía esperar de esta administración federal panista y pro-patronal? ¿Acaso se creyeron el cuento de que realmente están "preocupados" por Pemex y que desean sacarlo adelante?

Pongan atención a la diapositiva 6 donde dice:

'Se adicionó una leyenda en donde establece:

“La celebración del presente contrato no afecta los derechos laborales adquiridos por el trabajador”.

¿Y esa leyenda para qué carajos sirve, con eso creen que ya la libramos?

Pero más que nada la joya está en la hoja 7 donde hasta la titulan Beneficios, y donde dice el primer punto:

"Se evita la posibilidad que el trabajador despedido incurra en acciones jurídicas que lesionen los intereses de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, provocando con ello que se incrementen los juicios laborales"

Es decir, puedo despedirte a mi antojo y no tengo de qué preocuparme por más juicios laborales. Más descarado no puede ser, así que cuidado con firmarlo porque prácticamente estaríamos en la olla.

Es importante enfocarnos en lo básico. Ellos nos van a poner todo lo que les pidamos en el nuevo contrato, tan es así que ya están diseñando cuatro tipos de contrato para los diferentes estratos desde el nivel 26 hasta el 45. Pero todo eso se va a la basura por el simple párrafo que dice que haremos:

  1. Dirigir los proyectos y programas de trabajo alineados a las iniciativas y estrategias del plan de negocios.
  2. Promover y vigilar el cumplimiento de las políticas y normatividad aplicables.
  3. Supervisar el cumplimiento de los proyectos, programas de trabajo y el control del ejercicio presupuestal en el ámbito de su competencia.
  4. Fiscalizar y analizar la utilización de recursos en su ámbito de competencia.

Bien así que muy atentos.

Aquí pueden descargar la presentación

martes, 13 de noviembre de 2007

Atenta Convocatoria a todos los trabajadores técnicos y profesionistas.

La UNTCIP Coatzacoalcos lanza la siguiente convocatoria:

A todos los trabajadores técnicos y profesionistas de Pemex Petroquímica, Pemex Gas, Pemex Exploración, Pemex Refinación y Hospitales de la región sureste de Veracruz, se les convoca a asistir a la reunión informativa este jueves 15 de noviembre de 2007 a las 17:00 horas, en el Club ARCUP de Coatzacoalcos, para tomar decisiones de la estrategia y defensa legal contra el Contrato Individual de Trabajo.

Atentamente,

Unión Nacional de Trabajadores de Confianza de la Industria Petrolera.
Sección Coatzacoalcos.



Compañeros, esta reunión es muy importante, además de asistir hay que difundir antes a todos nuestos contactos. Ya se están definiendo los pasos a seguir. Desde luego que cada quién puede tomar la decisión de defenderse por su cuenta, pero nunca será mejor que estando unidos, pero sobre todo organizados.

sábado, 10 de noviembre de 2007

Respuesta sobre el amparo al decreto modificatorio de Ley.

El presidente de la Untcip a través de sus abogados nos envían las siguientes aclaraciones sobre el amparo que se anda difundiendo como de suma urgencia, lo siguiente es para tener un poco de más calma al respecto, y que no cunda la alarma al menos en ese asunto, porque en cuanto al CIT está dura la cosa.

Aclarado va,

Después de un análisis, por parte del Despacho, sobre el Decreto mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las siguientes Leyes: Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Orgánica de la Administración Pública Federal; de Coordinación Fiscal y demás Leyes, aprobado el día primero de octubre del dos mil siete, les manifestamos:

El Decreto modificatorio de la Ley, no es una Ley autoaplicativa o de individualización incondicionada, por el hecho que las obligaciones de hacer o de no hacer no surgen de manera automática con la sola entrada en vigor de esta ley, sino que requieren, para su actualización, un acto directo o concreto diverso que condicione su aplicación, por lo que al no darse evento o acto alguno que perjudique a los trabajadores de Pemex, se está ante la presencia de una ley heteroaplicativa o de individualización condicionada. A la fecha, las prestaciones que se vienen otorgando a los trabajadores considerados de confianza, están previstas en un Reglamento y que el Decreto en cuestión no alude a Reglamento alguno.

Los trabajadores de Pemex y Organismos Subsidiarios, considerados indebidamente de confianza, por la designación que les dio la paraestatal, se encuentran excluídos del principio de extensibilidad del Contrato Colectivo de Trabajo, por lo que no tienen afectación alguna en su esfera jurídica, debido a que en el Decreto en mención, en su fracción XII del Artículo 65 señala textualmente:

"Las condiciones de trabajo, los beneficios económicos y las demás prestaciones derivadas de los contratos colectivos de trabajo o que se fijen en las condiciones generales de trabajo de la Administración Pública Federal, no se harán extensivas a favor de los servidores públicos de mandos medios y superiores y personal de enlace. Los titulares de las entidades, independientemente del régimen laboral que las regule, serán responsables de realizar los actos necesarios y de negociación que sea procedente, durante los procesos de revisión de las condiciones generales de trabajo o de los contratos colectivos de trabajo, así como durante las revisiones de salario anuales, para que los servidores públicos de mando y de personal de enlace al servicio de las entidades queden expresamente excluídos del beneficio de las prestaciones aplicables al personal de base, en los términos del artículo 184 de la Ley Federal del Trabajo, en aplicación directa o supletoria según se trate, con excepción de las de seguridad social y protección al salario".

Asimismo, en las DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, también modificada en su Artículo Segundo fracción III, señala:

"Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro deberán realizar las siguientes acciones:

a) Reducir el gasto en servicios personales b)... c)... d) Cancelar plazas de confianza que no tengan tareas asignadas..."

En resumen:

No se alude al Reglamento aplicable en Pemex y Organismos Subsidiarios, sino al hecho de que no se harán extensivos a los trabajadores que señala dicho Decreto modificatoro de la Ley, únicamente de las prestaciones contenidas en los contratos colectivos de trabajo y en las condiciones generales de trabajo; asimismo se señala la cancelación de plazas de confianza que no tengan tareas asignadas (lo cual es perfectamente correcto) y los trabajadores de técnicos y profesionistas, además de no ser empleados de confianza estrictamente hablando, a pesar de la designación que se les dió, tienen perfectamente definidas sus tareas a través de sus tarjetas de trabajo (contratos de vigencia permanente o por tiempo indeterminado o de planta definitiva y que con el nuevo contrato individual de trabajo no se establecen puntualmente).

En un amparo, como el que se pretende formular, no se va a definir, ni acreditará su condición de trabajadores con características especiales, en la que siempre los han colocado a ustedes, entre los trabajadores de base sindicalizados y los trabajadores de verdadera confianza (gerentes, subdirectores, etc.); recordemos que a principio de los años 80's los convirtieron de golpe y porrazo en técnicos y profesionistas susceptibles de movilización y siempre a disposición de la administración de la paraestatal (entre otras lindesas, de que han sido objeto por parte de Pemex: establecer de manera unilateral el Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, el primero depositado en el año 1993, bajo el expediente administrativo RI-18/93-XXII (1) R.M. y el segundo en el año 2000, también depositado; excluirlos del otorgamiento de los 4 niveles otorgados a los trabajadores sindicalizados; excluirlos del aumento del 100% en los bonos de compensación y bono de desempeño, que a los niveles 39 al 44 se le otorgó; y finalmente, pretender que firmen un "nuevo contrato individual de trabajo)

En segundo lugar, la presentación de una amparo contra una Ley que no les acarrea una afectación directa en sus derechos, se establece únicamente para los trabajadores de mandos medios, superiores o de enlace (que resulta tan general y ambiguo), estarían considerándose ustedes  mismos con ese carácter, precisamente como de trabajadores de confianza. El decreto en cuestión no alude, por que lo ignora, que tienen un Reglamento, que si bien es unilateral, no se encuentra considerado que sean excluidos de su aplicación (aunque Pemex, como lo ha hecho, puede cambiarlo a su antojo o incluso puede darlo por terminado o no aplicarlo), por lo que tendrían que demandar el pago de las prestaciones contenidas en el mismo, precisamente hasta que se de la hipótesis de su exclusión o no aplicación del mismo. En todo caso, será hasta el primer acto de aplicación que pudiera presentarse un amparo, aludiendo a dicho Decreto, pero será hasta entonces y se contará con 15 días hábiles para su presentación.

En Tercer lugar, sí bien existe alarma entre los trabajadores de Pemex y quieren y pueden cubrir los honorarios de un amparo, lo pueden hacer, con conocimiento de causa, sin que ello evite la continuación de la defensa de sus derechos; es decir, no existe mejor "amparo" que la organización colectiva de los trabajadores. Nosotros, en el caso de ustedes, como trabajadores considerados indebidamente de confianza, hemos resuelto no presentar el amparo correspondiente, por resultar innecesario, además de ser un gasto inútil y desgaste que impediría, incluso, su proyección y consolidación a nivel nacional.

Por último, la mejor defensa de los trabajadores en Petróleos Mexicanos, es unirse todos y formar una organización consciente y responsable, para que como una sola voz se les escuche y atienda su problemática y así fortalecer la industria petrolera, para que esta siga siendo para los mexicanos la base de su desarrollo y bienestar.

Saludos.

Eduardo Díaz Reguera

También es pertinente mencionar que el Lic. Eduardo Díaz Reguera es parte del bufete del abogado Alcalde Justiniani. Si tienen interés en saber quiénes son pues en google pueden obtener bastante información sobre ambos.

jueves, 8 de noviembre de 2007

Qué les parece este gobierno neoliberal, una vez más con todo contra la clase trabajadora.

Este artículo salió hace unos días en La Jornada, pero es la punta de la madeja de lo que estamos viviendo los trabajadores de Pemex y CFE, esto antecedió a la firma de  los nuevos contratos (CIT) para el personal de confianza, para después quitarnos las prestaciones lo cual deja amarrado ¿o enmarranado? la Secretaría de Hacienda. O como lo dijo Néstor de Buen, "es una canallada".

Decreto de SHCP deja sin prestaciones a los empleados públicos de
confianza.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió un
decreto para que a los trabajadores de confianza del sector público,
tanto del apartado “A” como del “B”, se les quiten todas las
prestaciones económicas y en especie contenidas en los contratos
colectivos y en las Condiciones Generales de Trabajo de la
Administración Pública Federal, resolución que fue aprobada por
los legisladores, a quienes esto “les pasó de noche”, y “ni se
enteraron de lo que votaron”.

Puede leer la nota completa en la siguiente dirección, dar clic.

miércoles, 7 de noviembre de 2007

Carta al personal que solicite la firma del CIT

CARTA PERSONAL
México, D.F. a xx de noviembre de 2007
(A la persona que solicite la firma del CIT)

PRESENTE:

Con todo respeto me permito manifestarle que, toda vez que un contrato es un acuerdo de voluntades, su solicitud de que firme uno nuevo es contrario a mi voluntad. por las siguientes razones:

1.- Desde que ingresé a Petróleos Mexicanos firme un contrato en el cual se definían mis funciones, las cuales son ajenas a las descritas en el contrato individual nuevo que pretende firme. Debo aclarar que el suscrito no soy trabajador de confianza toda vez que las actividades que realizo son diferentes a las descritas en el artículo 9 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y cláusula 3 del Contrato Colectivo de Trabajo (C.C.T.) vigente y aplicable en PEMEX. En razón de lo anterior, el contrato individual de trabajo nuevo no se apega a la realidad.

2.- Al ingresar a Petróleos Mexicanos firme una tarjeta de trabajo (contrato) y durante toda mi relación laboral, sólo firme nuevos contratos al cambiar de categoría o puesto, con las consecuentes modificaciones a mis condiciones de trabajo. En tal orden de ideas, su solicitud de que firme un nuevo contrato individual es inútil, toda vez que no se ha modificado de ninguna forma mi relación de trabajo con Petróleos Mexicanos.

3. El CIT presenta omisiones que me generan incertidumbre jurídica al carecer de información elemental y necesaria para mi desempeño como trabajador, tales como el Número de la Plaza relacionado con el presupuesto designado por la Secretaría de Hacienda, asimismo, resulta contradictorio que el contrato indica en la cláusula primera, que es por tiempo indeterminado, pero tiene anexo un calendario que sólo considera el año 2007 como periodo de funciones .

4.- Los derechos de los trabajadores son irrenunciables, y firmar el CIT sería una violación a constitución (art. 123 apartado A fracción XXII) y la Ley Federal del Trabajo (art. 48), ya que me negaría el derecho a ser reinstalado en caso de que la empresa decidiera, aún por causa injustificada, dejarme fuera del trabajo, pues al cambiar de condición a trabajador de confianza me sería aplicable la fracción tercera del artículo 49 de la Ley Federal del Trabajo, el cual exime a las empresas de reinstalar a los trabajadores de confianza. Por lo anterior, firmar el CIT sería renunciar a mi derecho a la estabilidad en el empleo.

5.- La estabilidad en el empleo y derecho al trabajo, es un derecho humano y laboral reconocido en el artículo 123 Constitucional, la Ley Federal de Trabajo y fracción primera del artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por lo que firmar el CIT me despoja de este derecho, lo cual afecta de manera inmediata mi integridad y estabilidad personal y familiar.

6.-Firmar el CIT significaría violación a la constitución y diversas leyes, por lo que tanto Usted como el suscrito incurriríamos en responsabilidad al actuar en contravención al artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Espero comprenda que la seguridad de mi familia no puede ponerse en riesgo, pues es precisamente el derecho al trabajo lo que me ha permitido proporcionarles los satisfactores necesarios para su desarrollo. Por lo que le solicito de la manera más atenta, se abstenga de presionarme para firmar el Contrato Individual de Trabajo, pues como queda evidenciado en los puntos anteriores, perdería mi estabilidad en el empleo en violación tanto a mis derechos laborales como humanos.

Atentamente
Ing. Xxxxxxxx xxxxxxx xxxxxx

ccc.- Dr. José Luis Soberanes.- Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos

Kit de primeros auxilios Pemex

La Untcip en colaboración con importantes abogados laboristas han diseñado un documento llamado Kit de primeros auxilios Pemex, el cuál es una guía para saber qué hacer a la hora de ser llamado a firmar el CIT. Es importante tenerlo pero sobre todo leerlo para tener más seguridad al dar nuestros argumentos en contra. Este primer documento está en forma de folleto de 8 páginas (2 hojas carta dobladas), así que configuren bien a la hora de imprimirlo.

Kit de primeros auxilios Pemex.

El siguiente es una carta la cual deberán entregar al funcionario que los está llamando a firmar el nuevo contrato, está muy bien redactada y fundamentada. También hay que leerla e imprimirla.

Carta individual contra el CIT.

No olviden difunfirlo entre los demás compañeros de sus áreas. Si no quieren circularlo desde sus correos de la empresa, mándenles las ligas de arriba para que lo hagan desde casa. Acerquen el mouse y den clic con el botón derecho del mouse, elijan Copiar acceso directo en Internet Explorer o 'Copiar la ruta o dirección del enlace' para otros navegadores como Firefox u otros. Después péguenlo en su correo y a reeenviar se ha dicho.